¿Cuál es el Plazo para Reclamar la Legítima en Cataluña? | Herencias en Barcelona

La legítima es uno de los conceptos más importantes —y más controvertidos— en materia de herencias en Cataluña. Es un derecho que tienen ciertos familiares del fallecido a recibir una parte mínima de su herencia, aunque no hayan sido mencionados en el testamento.

Pero este derecho no es indefinido: existe un plazo de prescripción para reclamarlo, y si se deja pasar, se pierde.

Desde nuestro despacho de abogados especialistas en herencias en Barcelona, te explicamos en este artículo:

  • Qué es la legítima en el Derecho Civil Catalán.

  • Cómo se calcula.

  • Qué bienes se tienen en cuenta.

  • Y cuál es el plazo para reclamarla legalmente.

⚖️ ¿Qué es la legítima en Cataluña?

La legítima es la parte de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, porque la ley la reserva a determinados familiares.

📌 En Cataluña, según el Código Civil Catalán, los legitimarios son:

  • Los hijos del causante.

  • En ausencia de hijos, los padres.

📊 ¿Qué porcentaje representa la legítima?

En Cataluña, la legítima equivale al 25% del valor del caudal relicto (es decir, del valor de la herencia neta). Este 25% se reparte a partes iguales entre todos los legitimarios.

🧮 Ejemplo:
Si el patrimonio neto del causante (activos menos deudas) es de 400.000 €, la legítima será de 100.000 €, a repartir entre todos los hijos.

🧾 ¿Cómo se calcula la legítima?

Para calcular correctamente la legítima, hay que tener en cuenta:

  1. Valor del patrimonio del causante en el momento del fallecimiento.

  2. Deudas y cargas que deban restarse.

  3. Donaciones realizadas en vida a los herederos o a terceros, que se suman para formar el caudal computable.

  4. Gastos funerarios y otros deducibles.

📌 Las donaciones que el causante hizo en vida pueden ser imputables a la legítima, lo que significa que se descuentan de lo que le correspondería al legitimario.

🏠 ¿Qué bienes se imputan a la legítima?

Se imputan todos los bienes que integran el caudal hereditario:

  • Inmuebles.

  • Cuentas bancarias.

  • Fondos de inversión.

  • Acciones y participaciones.

  • Bienes muebles de valor.

  • Donaciones en vida (colacionables).

💡 También se pueden imputar legados o donaciones particulares recibidos por el legitimario a cuenta de su legítima.

🕒 ¿Cuál es el plazo para reclamar la legítima en Cataluña?

El derecho a reclamar la legítima prescribe a los 10 años desde la apertura de la sucesión, es decir, desde el fallecimiento del causante.

📅 Si no se reclama dentro de ese plazo, el legitimario pierde el derecho de forma definitiva.

🛑 El plazo de 10 años no se interrumpe automáticamente por conversaciones, promesas verbales o trámites informales: se necesita una reclamación formal.

👨‍⚖️ ¿Cómo se reclama la legítima?

Para reclamar la legítima es recomendable:

  1. Solicitar copia del testamento y del acta de defunción.

  2. Realizar una reclamación formal extrajudicial a los herederos.

  3. Si no hay acuerdo, iniciar una demanda judicial de reclamación de legítima.

En nuestro despacho de herencias en Barcelona, ayudamos a nuestros clientes a:

  • Calcular con precisión el valor de su legítima.

  • Reunir pruebas y documentación.

  • Negociar con los herederos o representarles en juicio si es necesario.

📍 ¿Quieres reclamar tu legítima en Cataluña?

Si eres hijo, hija o padre de una persona fallecida en Cataluña, y crees que te corresponde parte de la herencia, pero no te han incluido en el testamento (o te han dejado menos de lo que marca la ley), puedes tener derecho a reclamar la legítima.

No dejes pasar el tiempo: recuerda que el plazo es de 10 años.

Siguiente
Siguiente

Debe Tributar el Ajuar Doméstico en el Impuesto de Sucesiones si No se Hereda la Vivienda? | Herencias en Cataluña